viernes, 29 de julio de 2016

Poder Público

Es de nuestro conocimiento que el "Estado es una sociedad necesaria, orgánicamente perfecta, establecida en un territorio determinado, que regida por un poder supremo e independiente, procura la realización de los fines humanos", pues bien, ese poder supremo e independiente es lo que se llama poder público o poder estatal y, para que en verdad lo sea, tiene que ser originario y soberano. Originario, porque no debe su existencia a ningún otro poder y soberano, porque está dotado de imperium; por lo tanto, el poder público o poder estatal, es la fuerza suprema del Estado, es la que ordena y a quien todos obedecen. Pero como este poder se encuentra sometido y regulado por el Derecho, no tiene facultades discrecionales, sino definidas en la Constitución y así lo contempla el artículo 137 de la Constitución Bolivariana al consagrar que "Esta Constitución y la Ley definen las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen". De este sometimiento a que todos estamos obligados, se deduce que dicho sometimiento debe ser a una autoridad legítima ya que "Toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos son nulos" a tenor del artículo 138. 
El Poder Público se ejerce a través de los funcionarios del Estado, quien actúa por medio de sus órganos; pero el legislador ha querido comprometer personalmente a quienes ejercen ese poder y por eso se ha establecido que "El ejercicio del Poder Público acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación de poder o por violación de esta Constitución o de la ley" (artículo 139).
Según el artículo 136 de la Constitución Bolivariana, señala que "El Poder Público se distribuye entre: el Poder Municipal, el Poder estadal y el Poder Nacional. El Poder Nacional se divide en: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí, en la realización de los fines del Estado.



Concepto de Poder Público. Emilio Calvo Baca. Terminología Jurídica Venezolana. 2010

No hay comentarios:

Publicar un comentario